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CNSC anuncia fecha para consultar los admitidos concursos aeronáutica

Se amplían las vacantes en el concurso de la Aeronáutica civil

De igual forma la CNCS y la Universidad Libre dan a conocer la guía de orientación al aspirante para reconocer los elementos y criterios mínimos para la verificación de requisitos mínimos, fase del concurso en la cual se admiten o no a los inscritos para la presentación de la prueba escrita.

Fecha de consulta resultados admitidos Concurso Aeronáutica Civil

se publicaran dichos resultados el próximo 03 de julio de 2024, en el sitio web de la CNSC, www.cnsc.gov.co, enlace SIMO.

En razón a lo anterior, las reclamaciones con ocasión de los resultados publicados podrán ser presentadas por los aspirantes únicamente a través del aplicativo SIMO, desde las 00:00 horas del día 04 de julio de 2024 hasta las 23:59 horas del día 05 de julio de 2024, en los términos del artículo 12 del Decreto Ley 760 de 2005 y el numeral 3.3 del Anexo del Acuerdo del Proceso de Selección.

NOTA: Se recuerda a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección AEROCIVIL PRIMERA FASE, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo de Convocatoria, la Verificación de los Requisitos Mínimos no es una prueba ni un instrumento de selección, sino una condición obligatoria de orden constitucional y legal, que de no cumplirse genera el retiro del aspirante en cualquier etapa del proceso de selección.

Criterios relacionados con la validación de los soportes de educación de los aspirantes al concurso de la Aerocivil

Los estudios se acreditarán mediante la presentación de certificaciones, diplomas, actas de grado o títulos otorgados por las instituciones respectivas. Para su validez, requerirán de los registros y autenticaciones que determinen las normas vigentes sobre la materia. Para ser válidos, estos deberán contener como mínimo la siguiente información:

• Nombre o razón social de la institución educativa.

• Nombre y número de cédula de la persona a quien se le otorga el título o la certificación respectiva. • Denominación del título obtenido.

• Fecha de grado.

• Ciudad y fecha de expedición.

Firma de quien lo expide.

Teniendo en cuenta que la tarjeta profesional o matrícula correspondiente es un requisito de ley indispensable para el ejercicio de la profesión y no para la participación en el presente proceso de selección, su presentación se requerirá al momento del nombramiento en periodo de prueba.

Sin embargo, para las profesiones relacionadas con el área de la salud e ingeniería, para las profesiones afines o auxiliares de esta última y para otras cuya experiencia profesional se deba contabilizar a partir de la expedición de la tarjeta profesional o matrícula, considerando que a la fecha no se encuentra en plena operación el Registro Público de Profesionales, Ocupaciones y Oficios de que trata el artículo 18 del Decreto 2106 de 2019, su presentación es requisito indispensable para la contabilización de la experiencia profesional, conforme a la normatividad vigente sobre la materia.

Dentro del año siguiente a la fecha de posesión, el empleado deberá presentar la correspondiente tarjeta o matrícula profesional. De no acreditarse en ese tiempo, se aplicará lo previsto en el artículo 5 de la Ley 190 de 1995 o en las normas que la modifiquen o sustituyan (Decreto 1083 de 2015, artículo 2.2.2.3.3). A continuación, se precisan los requerimientos de la documentación que vayan a aportar los aspirantes para que sea tenida en cuenta para la verificación de la educación en el presente proceso de selección: Educación formal Para los niveles técnico y asistencial, cuando el aspirante aporte certificados de estudio que indiquen el número de créditos aprobados, estos deben señalar la totalidad de los créditos que componen el pénsum de la respectiva formación académica, a fin de determinar el número de semestres cursados y aprobados.

Ejemplo: si el aspirante ha cursado y aprobado ochenta (80) de los cien (100) créditos que conforman el pénsum académico, esto equivale al ochenta por ciento (80%) de la respectiva formación, lo cual es correspondiente a ocho (8) semestres de educación superior.

Cursos o certificados obtenidos en el exterior presentados por los aspirantes

Los cursos o certificaciones obtenidos en el exterior, expedidos por entidades privadas (no gubernamentales u oficiales) también requerirán para su validez, tanto para la VRM como para la Prueba de VA, y deben cumplir con las formalidades exigidas por la ley colombiana para su validez y la reglamentación interna de la entidad. Se entienden como entidades gubernamentales u oficiales, entre otras: las Oficinas de Seguridad Operacional Regionales, la Administración Federal de Aviación (FAA), la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA), el Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP), las Autoridades Aeronáuticas de países signatarios de la OACI, Asociaciones reconocidas por la OACI o la misma OACI, de conformidad con los convenios establecidos entre la Aerocivil y entidades homólogas. Nota: asimismo, los certificados de experiencia expedidos en el exterior deberán presentarse debidamente traducidos y apostillados o legalizados, según sea el caso. La traducción debe ser realizada por un traductor certificado, en los términos previstos en la Resolución 1959 del 3 de agosto de 2020, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o en la norma que la modifique o sustituya.

Cuando el aspirante pretenda acreditar el requisito de título de técnico profesional, tecnológico, profesional, especialización, maestría o doctorado, deberá aportar el diploma, el acta de grado, la tarjeta profesional respectiva o la certificación en que conste que obtuvo el título, siendo estos los únicos documentos válidos para ser tenidos en cuenta. Cuando no se requieran posgrados específicos, sino “relacionados con las funciones del empleo”, se usarán como herramientas para hallar dicha relación el propósito y las funciones principales del empleo al cual aspira.

Para más información consultal guía publicada en el microsito del concurso, sitio web de la CNSC

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